La Xunta de Galicia ha publicado la convocatoria de ayudas del Plan Galicia Emplea, de incentivos a la contratación y a la formación en la empresa ordinaria. Con un presupuesto de 17.450.000 euros distribuidos por diferentes categorías, las empresas y entidades sin ánimo de lucro podrán ver subvencionada la contratación de personas desempleadas, especialmente aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral. Las subvenciones están destinadas a las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en Galicia. También pueden ser beneficiarios los centros especiales de empleo y las empresas de inserción laboral, con excepción de las contrataciones con personas con discapacidad y aquellas en situación o riesgo de exclusión social.
Los contratos subvencionables por el Plan Galicia Emplea deberán ser, salvo excepciones, de duración indefinida y a tiempo completo, y los beneficiarios deberán mantener en plantilla a la persona objeto de la subvención durante un mínimo de 24 meses. El plazo para solicitar la ayuda permanecerá activo hasta el 29 de septiembre, pero se recomienda que las empresas lo hagan cuanto antes debido a la alta demanda.
El Plan Galicia Emplea introduce dos líneas de ayudas: la línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena y la línea de incentivos a las acciones formativas en el centro de trabajo (opcional). La primera incluye cuatro modalidades de ayudas para incentivar la contratación indefinida inicial de personas desempleadas: el incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo, el incremento de la duración anual de los contratos fijo-discontinuos a un mínimo de 9 meses, y ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
Para que sean subvencionables las contrataciones, los incrementos de jornada, o los incrementos en la duración anual de los contratos fijo-discontinuos, deberán ajustarse a ciertos requisitos, como que el contrato se realice con una persona joven, persona parada de larga duración, persona de 55 o más años, persona emigrante retornada o persona extranjera, mujer, o persona con discapacidad o en riesgo o situación de exclusión social; y que se realicen dentro del período subvencionable, que termina el 29 de septiembre de 2023.
Respecto de la cuantía de la subvención, las bases reguladoras establecen distintas cantidades según el colectivo que se contrate, que abarcan de los 6.000 a los 16.000 euros, las cuales pueden verse incrementadas en un 25% en ciertos casos que son acumulables entre sí. La cuantía máxima posible de 36.000 euros.
Por otro lado, para poder acceder a los incentivos por las acciones formativas en el centro de trabajo, cuya cuantía asciende a los 4.000 euros por cada trabajador dado de alta con un contrato indefinido inicial, la persona o personas trabajadoras que reciben la formación y tutorización deben ser las contratadas indefinidas iniciales con cargo a esta ayuda; la duración de la acción formativa deberá ser de un mínimo de 70 horas; deberá tener lugar dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato; y deberá de estar finalizada el 29 de octubre de 2023.
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