El 11 de abril de 2023 da comienzo la campaña para presentar el IRPF correspondiente al año 2022 y se extenderá hasta el 30 de junio de 2023 según el calendario que ofrece la Agencia Tributaria. Desde la fecha de inicio antes mencionada, los contribuyentes podrán acceder al borrador de su declaración a través del sistema Renta Web. Asimismo, los contribuyentes que deseen presentar su declaración por teléfono podrán hacerlo a partir del 5 de mayo y con cita previa. Los que, por su parte, prefieran hacerlo de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria tendrán un plazo que comprende desde el día 1 de junio hasta el día 30 de dicho mes, también con cita previa.
La presentación de la declaración fuera de plazo conllevará una multa, el montante de esta dependerá del tiempo transcurrido desde la finalización del plazo para su presentación.
En la página de la Agencia Tributaria también se pueden encontrar las principales novedades normativas con respecto al IRPF del ejercicio 2022, algunas de ellas son:
El complemento de ayuda a la infancia para beneficiarios del ingreso mínimo vital estará exento del IRPF, ya que tiene la consideración de ingreso mínimo vital.
Las ayudas por daños personales ocasionados por los incendios forestales en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja también se encuentran exentas.
Por su parte, se mejoran las condiciones laborales del sector artístico de espectáculos públicos, en relación tanto con los artistas como con las actividades técnicas y auxiliares necesarias para su desarrollo, modificando las retribuciones derivadas de relaciones laborales de carácter especial.
Con relación a los rendimientos de capital inmobiliario se ha restablecido la obligación de informar sobre el uso de viviendas con fines turísticos, con la aprobación de un nuevo modelo 179 «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos».
Se establecen también cambios en la renuncia y sus consecuencias, los límites excluyentes, o la determinación del rendimiento neto de la actividad, entre otros, en las actividades económicas en estimación objetiva.
La determinación del importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales se ha visto afectada por, entre otros, la ayuda de 200 euros a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio que sean asalariados, autónomos o desempleados. Teniendo este pago único de 200 euros para sus beneficiarios la consideración de ganancia patrimonial. El Bono Cultural Joven, destinado a facilitar el acceso del público joven a la cultura tiene la consideración para sus beneficiarios de ganancia patrimonial en el importe que haya sido efectivamente utilizado por el beneficiario, con un importe máximo de 400 euros.
Las Comunidades Autónomas de Andalucía, Galicia y la Comunidad Valenciana han establecido por primera vez para este 2022 las cuantías correspondientes al mínimo del contribuyente y a los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad, que deben aplicar los contribuyentes residentes en dichos territorios para el cálculo del gravamen autonómico.
Se podrán aplicar la deducción por maternidad las mujeres que, a partir de 1 de enero de 2020, se hallen en alguna de las siguientes situaciones:
- Situación legal de desempleo por suspensión del contrato de trabajo (ERTE con suspensión total – Víctimas de violencia de género).
- Período de inactividad productiva, en caso de ser trabajadoras fijas-discontinuas.
- Prestación por cese de actividad, para trabajadoras autónomas como consecuencia de la suspensión de la actividad económica desarrollada.
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